Área de Docencia
Sobre la FMVZ
Fundamento Legal
De acuerdo con el artículo 80 del Estatuto Universitario:
"Las Áreas de Docencia son formas de organización de los Organismos Académicos, Centros Universitarios, Planteles de la Escuela Preparatoria y ámbitos similares, que tienen por finalidad asesorar y opinar sobre los procesos curriculares, el desarrollo de los planes de estudio y de los documentos de programación pedagógica, las prácticas de los procesos de enseñanza-aprendizaje y los análisis de equivalencia académica para revalidación, convalidación o reconocimiento de estudios. Las correspondientes al Nivel Medio Superior, se denominarán Academias Disciplinarias.
Se constituyen agrupando unidades de aprendizaje o asignaturas iguales, similares o afines del plan o planes de estudios en operación y se integran con el personal académico encargado de su impartición. Contarán con un Presidente y un Secretario, quien suplirá al primero en sus ausencias, quienes durarán en su cargo dos años y serán electos por los integrantes del área correspondiente."
De acuerdo con el artículo 50 del Reglamento de Organismoa Académicos y Centros Universitarios:
Son atribuciones de las Áreas de Docencia:
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Estudiar los problemas relativos a la enseñanza de las unidades de aprendizaje
de su especialidad.
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Efectuar los análisis de equivalencias con fines de revalidación o convalidación de estudios y presentar su informe al Subdirector Académico.
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Revisar, al término de cada periodo escolar, los programas de las unidades de aprendizaje de su especialidad, proponiendo, en su caso, modificaciones al Consejo Académico del correspondiente Organismo Académico o Centro Universitario.
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Procurar el mejoramiento científico, técnico y pedagógico de sus miembros.
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Proponer y participar en los programas de investigación del correspondiente
Organismo Académico o Centro Universitario.
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Cooperar en la realización de las actividades académicas que señalen las autoridades universitarias.
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Proponer los instrumentos de evaluación que deberán aplicarse a los alumnos y personal académico.
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Las demás que señale la legislación universitaria.